Estimadas compañeras y compañeros internacionalistas:
Los graduados de doctores en Ciencias Internacionales a nivel de postgrado en la Universidad Central del Ecuador sufrieron un daño irreparable debido a una resolución del Consejo Nacional de Educación Superior, CONESUP, en el año 2004; en la parte resolutiva se reconoce como títulos de cuarto nivel pero se degrada los títulos de doctor equivalentes a magister como título académico y de especialista para fines profesionales.
Esta resolución les afecta a todas las promociones de la institución, al ex Instituto de Derecho Internacional, fundado el año 1949, creado como respuesta a la gran crisis nacional e internacional soportada por el Ecuador, que culminó con la firma del nefasto Protocolo de Río de Janeiro de 1942, con el Perú; el Instituto fue el primer centro de investigación del Derecho Internacional en América. Durante todo este tiempo, el Instituto cambió la denominación a Escuela de Ciencias Internacionales, Escuela de Postgrado en Ciencias Internacionales e Instituto Superior de Postgrado en Ciencias Internacionales.
Desde esa época funcionó como una institución de postgrado, con reglamentos, planes y programas de estudio, aprobados por el Consejo Universitario, cumpliendo con las leyes y los estatutos vigentes desde esa época, fundamentado en los principios de autonomía y cogobierno, que regían a la universidad Ecuatoriana, con una formación de excelencia académica, con estudios presenciales de cuatro años lectivos u ocho semestre para los cursantes con título terminal de tercer nivel, con 2916 horas de clase dictadas y de tres años para los graduados de doctores en Jurisprudencia, con 2166 horas. Para el ingreso se requería una prueba oral de suficiencia de conocimientos mediante un banco de preguntas, cumpliendo con la reglamentación de títulos y grados, que incluyó la aprobación de una tesis de investigación, la defensa ante un tribunal en acto público y la obtención del correspondiente título de postgrado. Durante sesenta años formó profesionales y otorgó títulos de doctores de postgrado en Ciencias Internacionales.
El 15 de mayo de 2000, en Registro Oficial No. 77, se promulgó la Ley Orgánica de Educación Superior, que en su Disposición Transitoria Vigésimo Segunda, disponía:
“…Desde la vigencia de esta ley, las universidades y escuelas politécnicas no podrán ofertar títulos de doctorado como terminales de pregrado o habilitantes profesionales. No podrán tampoco abrir programas de doctorado en el nivel de posgrado o nuevas promociones de los que ya existen, sin contar con la autorización expresa del CONESUP…”.
Cabe mencionar, que precisamente al amparo de esta norma, no se abrieron más promociones, siendo la última en que se abrió el programa de doctorado del Instituto Superior de Postgrado en Ciencias Internacionales de la Universidad Central, la que se había matriculado en el año 2000. Tampoco abrió programas de doctorado en el nivel de postgrado o nuevas promociones de las que existieron. Es decir, tanto el Instituto, como la Universidad, nunca dejaron de acatar la Constitución y Leyes de la República.
La Resolución RCP.S17.No.383.04; del Consejo Nacional de Educación Superior, CONESUP; aprobada en Babahoyo, 27 de octubre del 2004, degrada nuestros títulos al equiparar los estudios del Instituto de Postgrado en Ciencias Internacionales con los estudios en la carrera de Diplomacia de la Universidad de Guayaquil, cuando dichos programas fueron de tercer nivel, los cursantes obtenían la Licenciatura en Diplomacia, en esa fecha degradan nuestros títulos a magister y a la carrera de Diplomacia le autorizan para que otorgue títulos de magister; así lo confirma la comunicación dirigida al Presidente alterno del CONESUP por el Vocal Principal del CONESUP; en Quito, el 21 de octubre de 2004.
Citaremos algunos hechos que se han presentado, como el registro del título del Doctor Ramiro Acosta Cerón, de doctor en Ciencias Internacionales, su título de postgrado el CONESUP lo reconoce de pregrado (tercer nivel), hecho que fue reclamado en la comunicación de 10 de marzo de 2004 dirigida al Director del Instituto Superior de Postgrado en Ciencias Internacionales; igualmente, el CONESUP registró los títulos de doctores en Ciencias Internacionales y emitió certificaciones a los graduados indiscriminadamente, de pregrado (tercer nivel), de postgrado (cuarto nivel), como equivalentes a magister para fines académicos y de especialistas como profesionales, se adjuntan en el expediente las comunicaciones y algunas certificaciones expedidas por el CONESUP en los años 1996, 1997 y 1998.
El Dr. Edgar Samaniego Rojas, ex Rector de la Universidad Central del Ecuador, mediante oficio No. 522A-S.C. de 29 de diciembre de 2010 y el Secretario General de la misma Alma Mater, con oficio No. 0961 S.G., de 23 de septiembre de 2011, solicitaron la nulidad de la expresada Resolución No. RCP.S17.No.383.04 de 27 de octubre de 2004, expedida por el CONESUP, se incluyen dos comunicaciones la primera al Secretario General de la Universidad Central del Ecuador por el Director Académico del CONESUP, de 17 de septiembre de 2009 y otra al Rector de la Universidad Central del Ecuador del Director General de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, de fecha 10 de enero de 2011.
A las solicitudes de los referidos representantes universitarios el Consejo de Educación Superior, respondió con la Resolución No. RPC-SO-No.185-2012 de 1 de agosto de 2012, en la cual se autoriza o se dispone la degradación y merma de la categoría de los títulos que la Universidad Central del Ecuador había expedido en el Instituto de Postgrado en Ciencias Internacionales desde su fundación, (1949), es decir, regulando en forma retroactiva sus facultades y desconociendo derechos subjetivos adquiridos al amparo de las Constituciones y de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, hasta 60 años atrás.
Nos corresponde en esta presentación describir las actividades que se emprendieron por parte de las autoridades tanto de la Universidad, de la Facultad de Jurisprudencia y del Instituto de Postgrado, así como de las gestiones de los graduados quienes a título personal, realizaron innumerables gestiones, durante los años 2013 y 2014, recopilando información la misma se adjunta en dos expedientes con reglamentos, informes y certificaciones con más de cien fojas.
En el segundo semestre del año 2014, los graduados de doctores y magister en Ciencias Internacionales impulsaron acciones de protección al tenor de los presupuestos previstos en los artículos 9 y 10 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, las demandas, recursos y sentencias fueron tramitadas cumpliendo con el debido proceso, todos los cuerpos se adjuntan en el presente expediente.
El 22 de enero de 2015, se inició el trámite de la acción administrativa ante el rector de la Universidad, suscrita por ocho profesionales graduados de magister y doctores en Ciencias Internacionales, esta primera comunicación requirió informe de la Procuradora de la Universidad Central, encargada, quien mediante Oficio No. 122 P-.3., de 09 de febrero de 2015, hace referencia a la resolución del CONESUP No. RCP.S17.No.383.4 de 27 de octubre de 2004 y la resolución del CES No. RPS-SO-No.185-2012 de 1 de agosto de 2012, observando que
“…la SENESCYT determinó que los títulos de doctor equivales a Maestría para fines académicos y a Especialista para fines profesionales…”.
El 22 de marzo de 2015, mediante oficio No. 155-ISIP-FJ, la Directora del Instituto Superior de Investigación y Posgrado, remite al Secretario de la Facultad de Jurisprudencia un informe donde se pronuncia respecto a la comunicación anterior de 22 de enero de 2015, cita el artículo 18 del Reglamento del INSPUC-CIN, aprobada por el Consejo Universitario el 4 de agosto de 1998, textualmente dice
“…el enunciado de la facultad otorgada al INSPUC-CIN, la que podría ser o no ejercida a través de la respectiva oferta académica en el período de la vigencia del instrumento reglamentario mencionado…”.
El doctor Julio Prado Vallejo, Director del Instituto Superior de Postgrado en Ciencias Internacionales, certificó el Formulario de Datos Complementarios para los programas de Maestría y Doctorado PHD en Ciencias Internacionales, vigentes en la época incluyó la oferta académica para los cursos de postgrado en Ciencias Internacionales inclusive el doctorado PhD, esta certificación está incluida en el expediente.
La comunicación de los graduados mereció informes favorables del H. Consejo Directivo de Jurisprudencia, con un trámite que duró diez meses, el martes 17 de marzo de 2015, en sesión del Consejo Directivo fuimos recibidos en Comisión General el colectivo de graduados, el Presidente del Colegio de Profesionales fue el encargado de exponer la problemática de los profesionales en Ciencias Internacionales. Además, hemos mantenido dos reunirnos con el señor Rector, la primera cuando emprendimos la acción, en enero de 2015, en esa ocasión supo manifestarnos que tramitaría nuestra solicitud a la Comisión Jurídica de la Universidad, sin embargo, en febrero envió el expediente a Jurisprudencia; en la segunda reunión el 12 de noviembre de 2015, el rector una vez revisados todos los informes del Consejo Directivo de la Facultad de Jurisprudencia, expresó que los doctores graduados en Ciencias Internacionales, son doctores en ciencias de cuarto nivel por tanto son Ph.D. Nuevamente ofreció que enviará la documentación para informe de la Comisión Jurídica de la universidad que la conforman seis miembros, para que presente un informe que deberá ser tratado en el Consejo Universitario. En esa fecha a solicitud del señor Rector quien nos expresó su interés de que se incorporen todos los graduados que estén interesados en este proceso. En la Universidad Central debía culminar nuestra acción administrativa con el pronunciamiento del Consejo Universitario.
El 22 de diciembre del 2015 se entregó en el rectorado los expedientes de 13 compañeros graduados de magister y doctores en Ciencias Internacionales, el 11 de febrero de 2016, ingresaron 56 de doctores en Ciencias Internacionales, todos los expedientes contenían certificaciones de estudios, actas de grados y títulos debidamente notariados, además con respaldos de la normatividad legal.
Mediante oficio No. R-193-2016 de 29 de febrero de 2016, el señor Rector de la Universidad Central del Ecuador, pone en conocimiento del Consejo de Educación Superior y la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación la petición de cincuenta y seis profesionales graduados de doctores en Ciencias Internacionales, con fundamento en el literal t) del artículo 169 de la Ley Orgánica de Educación Superior deberá solicita emitir las directrices pertinentes para que los títulos de Doctores en Ciencias Internacionales sean equivalentes al Ph.D.
Hemos respetado la decisión discrecional del señor Rector, pero no la compartimos, quien ha decidido enviar el expediente a Consejo de Educación Superior, con este antecedente se solicitó al señor rector copia del documento que envió el expediente al Consejo de Educación Superior, también teníamos la certeza de que nuestra situación debía también ser tramitada en el Consejo de Educación Superior, el señor rector al enviar el expediente la CES, nos permitió ejercitar nuestra defensa, en ningún momento pensamos que iba a facilitarse el trámite de nuestra petición, siempre tuvimos dificultades, solamente el informe en el Consejo Directivo de Jurisprudencia demoró nueve meses su trámite, por eso tuvimos que aunar esfuerzo, prestar todo nuestro contingente y el trabajo mancomunado para afrontar este reto que nos impuso el rector, al enviar nuestro expediente al Consejo de Educación Superior.
Lo más conveniente fue realizar un análisis de nuestra situación, como ventaja es que el CES no emite títulos, es competencia de las universidades, la Senescyt registra los títulos y también puede observar, es el caso de los títulos que se obtienen en el exterior, en lo relacionado con nuestros títulos, la Secretaría podría observar que los títulos de doctores en Ciencias Internacionales son equivalentes a Ph.D, válidos para ejercer la Docencia, la investigación y la acción en Educación Superior.
La comunicación del señor Rector de la Universidad Central dirigida al Presidente del CES, contiene la siguiente aseveración que merece ser ampliamente aclarada, se encuentra contenida en el siguiente texto:
…“No obstante, la SENESCYT determinó que los títulos de doctor equivales a Maestría para fines académicos y a Especialista para fines profesionales”…
En todos los documentos cursados dentro de la Universidad Central no se hizo relación con las resoluciones del Consejo de Educación Superior, de los años 2004 y 2012, estas son: la resolución del CONESUP No. RCP.S17.No.383.4 de 27 de octubre de 2004 y la resolución del CES No. RPS-SO-No.185-2012 de 1 de agosto de 2012, en la que estableció que la titulación otorgada en el Programa de doctorado en Ciencias Internacionales de la Universidad Central
…“corresponde al título académico de cuarto nivel –Magíster, para fines académicos y como título profesional de cuarto nivel –Especialista- para fines profesionales”…,
no teníamos que hacer relación en la Universidad con este tema, ya nosotros tenemos los títulos otorgados son de doctores en Ciencias Internacionales, como se señala en los párrafos anteriores hasta el año 2001 señalaban que son títulos de postgrado.
El Reglamento de armonización de la nomenclatura de títulos profesionales y grados académicos que confieren las instituciones de educación superior del Ecuador, aprobado por el Consejo de Educación Superior mediante resolución RPC-SO-27-No.289-2014, el 16 de julio de 2014, en la Disposición Transitoria Segunda, dispone que los títulos otorgados por las universidades deberán ser reconocidos por la Senescyt y el CES, en la disposición final reconoce que todas las resoluciones que se opongan al presente reglamento serán derogadas.
Mediante oficio CES-CPDD-2016-0020-O de 30 de marzo de 2016, el Presidente de la Comisión de doctorados, responde la comunicación del Rector de la Universidad Central del Ecuador de 29 de febrero de 2016.
Con fecha 31 de marzo de 2016, presentamos un primer alegato al economista René Ramírez Gallegos, Presidente del CES y Secretario General de la SENESCYT, por la degradación en nuestros títulos desde el año 2004, para defender nuestros intereses ante las dos instancias el CES y la SENESCYT. En los años 2004 y 2012, no conocimos esta problemática, se tiene documentación escasa de alguna autoridad o particularmente efectuaron reclamos sin mayor trascendencia. El 05 de abril de 2016, fuimos recibidos en audiencia por la Comisión de Doctorados del Consejo de Educación Superior.
Mediante oficio No.CES-CPDD-2016-0029-O de 17 de mayo de 2016, se recibió el oficio del Presidente de la Comisión de Doctorados, nos comunica que mediante Acuerdo ACD-SO-09-No.19-2016:
…“remite el expediente a la Procuraduría del CES, a fin de que emita su informe jurídico, respecto de la petición de los 56 profesionales graduados de Doctores en Ciencias Internacionales,…con base a lo indicado mediante memorando No. CES-CPDD-2016-0023-M de 13 de abril de 2016, remitió a la Procuraduría del CES, el expediente físico completo del caso en mención, en dos carpetas con 429 fojas”...
Con oficio No. 0039-CPCI-2016 de 25 de mayo, solicitamos al Procurador del CES, una audiencia para exponer y fundamentar nuestra posición, respecto a la degradación de los títulos de doctores en Ciencias Internacionales con las resoluciones del CONESUP de 2004 y del CES de 2012.
El jueves 23 de junio de 2016, fuimos recibidos por un funcionario de la Procuraduría del CES, luego de reiteradas gestiones, en esta ocasión entregamos los expedientes de los compañeros graduados de magister y doctores en Ciencias Internacionales, los mismos no fueron enviados en su oportunidad por el Rector de la Universidad Central.
El 14 de septiembre se entregó comunicaciones en el Consejo de Educación Superior solicitando a cada uno de los Miembros Académicos ser recibidos en audiencia para exponer la problemática de los daños infringidos por el CES a los doctores en Ciencias Internacionales y solicitar colaboración para derogar la Resolución del CES.
El 27 de septiembre de 2016, cumpliendo con la invitación formulada por la Presidenta de la Comisión de Postgrados, fuimos recibidos a las 10 de la mañana concurrimos una delegación de ocho miembros del Colegio, la reunión duró dos horas, se explicó con lujo de detalles toda la problemática de los graduados en Ciencias Internacionales, se entregó una ayuda memoria para conocimiento de la Comisión.
El miércoles 05 de octubre fuimos invitados por el Presidente de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, para mantener una reunión con la ingeniera Cecilia Santana, con la asistencia de los compañeros participamos y expusimos detalladamente de la problemática del daño ocasionado a los graduados de doctores en Ciencias Internacionales con las resoluciones del CES de 2012 y del CONESUP del 2004.
El martes 18 de octubre se recibió la notificación de la resolución del Consejo de Educación Superior, mediante documento CES-SG-2016-3330-O, por el Sistema de Gestión Documental Quipux.
El viernes 21 de octubre se solicitó mediante oficio No. CPCI-061-2016, al Presidente del Consejo de Educación Superior copias certificadas de toda la documentación de respaldo relacionada a la resolución RCP-SO-36-No.750-2016 de 05 de octubre de 2016, relacionado con la pertinencia de reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD, válidos para el ejercicio de la docencia, investigación y gestión en educación superior.
El lunes 24 de octubre se recibió la resolución RCP-SO-36-No.750-2016 de 05 de octubre de 2016, el informe jurídico , relacionado con la pertinencia de reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD y 3 documentos relacionados con el tema.
El lunes 31 de octubre, se recibió el oficio Nro. CES-CPDD-2016-0067-O, suscrito por la Presidenta de la Comisión Permanente de Doctorados, comunica que el Pleno del Consejo de educación superior rechazó el reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD.
El martes 01 de noviembre, mediante Oficio No. 062-CPCI-2016, dirigido al Presidente del Consejo de Educación superior, se interpone un recurso de ampliación y aclaración de la resolución RCP-SO-36-No.750-2016 de 05 de octubre de 2016, que niega el reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD.
El viernes 20 de enero, mediante oficio 0002-CPCI-2017, se solicita al Presidente del Consejo de Educación Superior, copias certificadas de los documentos que contienen la información de las Maestrías y Doctorados en Ciencias Internacionales, organizados y ejecutados por la Universidad Central del Ecuador, constantes en el Código P02145. Del SNIESE, contenido en el informe sobre el reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD.
El lunes 23 de enero, mediante oficio 0003-CPCI-2017, se solicita al Rector de la Universidad Central del Ecuador copias certificadas de los documentos que contienen la información de las Maestrías y Doctorados en Ciencias Internacionales, organizados y ejecutados por la Universidad Central del Ecuador, constantes en el Código Po2145. Del SNIESE, contenido en el informe sobre el reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD.
El lunes 06 de febrero mediante oficio 0004-CPCI-2017, dirigido al Presidente del Consejo de Educación superior, se solicita atender la petición mediante Oficio No. 062-CPCI-2016, 01 de noviembre de 2016, se interpone un recurso de ampliación y aclaración de la resolución RCP-SO-36-No.750-2016 de 05 de octubre de 2016, que niega el reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD.
El martes 07 de febrero mediante oficio Nro. CE-PRO-2017-0189-O, suscrito por el Procurador del Consejo de Educación Superior se recibe la respuesta de la información de las Maestrías y Doctorados en Ciencias Internacionales, organizados y ejecutados por la Universidad Central del Ecuador, constantes en el Código P02145 del SNIESE.
El viernes 24 de marzo se recibe la notificación de la Resolución RPC-SO-09-No.158-2017, a través del sistema de Gestión Documental Quipux, con número de documento CES-SG-2017-0692-O. Se envió al Casillero judicial del Síndico del Colegio. Mediante correo se recibió además el Informe jurídico sobre el recurso de ampliación y aclaración interpuesto por parte del doctor Jorge Yépez Endara frente a la Resolución Nro. RCP-SO-36-No.750-2016.
Disponemos de documentación suficiente para realizar un análisis detallado del trámite efectuado en cada una de las instancias interpuestas, especialmente resoluciones, informes y comunicaciones de las autoridades que procesaremos para conocimiento de la comunidad y para fundamentar futuras acciones. Estamos decididos a aportar todo nuestro contingente para defender los derechos de los profesionales en Ciencias Internacionales que han sido permanentemente conculcados, hemos agotado todas las instancias administrativas en el CES, la SENESCYT y la Universidad Central, para alcanzar nuestras reivindicaciones, tenemos que defender nuestros intereses ante las referidas instancias.
Demandaremos las derogatorias de todas las resoluciones que afectan los derechos de los graduados de doctores en Ciencias Internacionales, que se nos reconozcan nuestros estudios de Doctores Ph.D., válidos para el ejercicio de la docencia, la investigación y la acción universitarias. La Universidad Central del Ecuador, proceda con las correspondientes rectificaciones necesarias, para que los títulos y grados académicos que han sido conferidos, guarden correspondencia con los de la oferta académica realizada, esto es que los títulos y documentos de grado conferidos se haga constar la Unidad Académica que confiere el Grado Académico respectivo, (doctor Ph.D. y Magister), nivel de postgrado.
En los próximos días interpondremos un recurso subjetivo de plena jurisdicción ante el Tribunal Contencioso Administrativo, suscrito por los Profesionales en Ciencias Internacionales, el doctor Edgar Fabián Secaira Durango, ejercerá de Procurador Común, en contra del Consejo de Educación Superior y la Universidad Central del Ecuador demandando el reconocimiento de los títulos de doctor en Ciencias Internacionales, conferidos por la Universidad Central del Ecuador, como grados académicos equivalentes a PHD.
Nuestro interés es dar a conocer a la comunidad de internacionalistas el caso que nos ocupa, hemos expuesto en orden cronológico a partir del año 2004, la publicamos en la página web, con todos los escritos presentados ante las respectivas instancias constitucionales y administrativas la Universidad Central del Ecuador y el Consejo de Educación Superior; y, próximamente ante el Tribunal Contencioso Administrativo, estamos interesados en recibir los comentarios y sugerencias.
Quito, junio de 2017
Un saludo fraterno,
Dr. Jorge Yépez Endara
Presidente del CPCI