¿Por qué fue un error suscribir la Convención del Mar? – Ugo Stornaiolo

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El proyecto de Ley Reformatoria del Código Civil en materia de Regulación Marítima en Concordancia con la Convemar debe ser vetada. Lea este análisis completo sobre nuestro derecho al Mar.

Fotos: Flickr Armada del Ecuador

Sectores de la opinión pública nacional (expertos militares y civiles) piden al presidente Guillermo Lasso vetar totalmente el “Proyecto de Ley Reformatoria del Código Civil en materia de Regulación Marítima en Concordancia con la Convemar”, emitida por la Asamblea Nacional. La Convemar es la Convención de la Organización de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y es una legislación internacional de cumplimiento obligatorio para los países adherentes.

Los pedidos se basan en que se trata de un atentado contra el territorio nacional, por la reducción del mar territorial de las históricas 200 millas a solamente 12 y una pérdida de soberanía geográfica de alrededor de un millón de kilómetros cuadrados, entre la costa y la circundante del archipiélago de las Galápagos.

El proyecto de ley que propone la Asamblea viola los artículos 4, 11 numeral 8, 82,83 y 84 de la Constitución, entre otros, así como las Resoluciones No. 72 y No. 78 de la Asamblea Constituyente de 1966-1967, publicadas en los registros oficiales de 24 de febrero de 1967 y 6 de marzo de 1967. Por ser violatoria de la Constitución invalidaría la adhesión a la Convemar, dispuesta en 2012 por el régimen de Rafael Correa.

Ecuador, al ser parte de esta denominada “constitución de los mares”, desde el segundo mandato de Correa, renunció a las 200 millas de mar territorial, quedando solo en 12 y 188 de zona económica exclusiva. Fue calificada como la “última mutilación territorial” de la historia ecuatoriana. En otros tiempos, cualquier Presidente hubiese sido declarado “traidor a la patria”.

La historia inicia el 18 de agosto de 1952 cuando se suscribió en Santiago de Chile la Declaración de Santiago, donde se establecieron los límites marítimos entre Ecuador, Chile y Perú, ratificados dos años después en Lima. Las tres naciones proclamaron como norma de política internacional marítima “la soberanía y jurisdicción exclusivas que a cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países hasta una distancia mínima de 200 millas de las referidas costas”.

Algunos fundamentos científicos de la Declaración fueron la ausencia casi absoluta de plataforma continental, la corriente de Humboldt y sus efectos sobre las especies migratorias, así como los recursos pesqueros que se podían explotar en esos espacios.

La Declaración de Santiago fue una reivindicación del derecho del estado ribereño a ampliar su soberanía y jurisdicción de acuerdo con sus condiciones particulares y necesidades de autoprotección del mar. Estas tesis fueron el motor de una corriente universal favorable al reconocimiento de las 200 millas y un aporte para posteriores normativas de la Convemar (mar patrimonial, zona económica exclusiva y la zona de pesca de 200 millas).

En 2002, el expresidente Gustavo Noboa inició las gestiones para adherirse a la Convemar, con lo que el Ecuador empezó a descartar pretensiones sobre la soberanía y jurisdicción de las 200 millas (a cambio de 12 millas y una zona económica exclusiva de 188) cediendo a Costa Rica límites territoriales marítimos, desde un punto equidistante entre la Isla del Coco y Galápagos, a partir de la carta náutica entregada por Ecuador al país centroamericano.

Cuando en los años ‘60 se produjo “la guerra del atún”, se capturaba barcos estadounidenses que pescaban en el mar territorial ecuatoriano. Ecuador, en esa época, fue un ejemplo de protección de sus derechos, como parte de la Declaración de Santiago de 1952, defendiendo la tesis de las 200 millas.

En 1966, el presidente Clemente Yerovi había desconocido un “modus vivendi” que permitía actividades pesqueras de EE.UU. fuera de las 12 millas al incluir en el Código Civil la tesis de las 200 millas (materia de la actual discordia). Ese país presionó para que no se controle a su flota, amenazando bloquear el comercio con el Ecuador.

El 9 de enero de 2015 Rafael Correa realizó la denominada “última mutilación territorial de las 200 millas” al entregar, virtualmente, las islas a China como garantía del pago de una presunta deuda de USD 5 296 millones. No es coincidencia que las flotas pesqueras chinas busquen pescar en esa zona.

El entonces canciller, el “anglo-franco-ecuatoriano” Guillaume Long, presentó la Carta Náutica a su par de Costa Rica, donde, de acuerdo con la Convemar, se reemplazaba al mar territorial de 200 millas por uno de 12, dando carácter internacional a las aguas adyacentes, llamadas por el tratado internacional como zona económica exclusiva (de 188 millas) en favor del Estado ribereño.

“Zona económica exclusiva no es lo mismo que mar territorial. Perdemos los derechos de soberanía territorial marítima. La adhesión de Correa a la Convemar es una mutilación territorial marítima de más de 1 millón de km2” según Marcelo Larrea, conocedor del tema.

Desde que el país se adhirió a la Convemar se incrementó la presencia de flotas pesqueras extranjeras -preferentemente chinas- cerca de la zona económica exclusiva de las Galápagos. Ha pasado desde el 2017, cuando los guardacostas interceptaron al buque chino Fu Yuan Yu Leng, que ingresó ilegalmente en la reserva marina insular (ese buque hoy se llama Hualcopo) y también hubo incursiones chinas en 2020 y 2021,

Es importante señalar que países como EE.UU. y Perú no han suscrito la Convemar, aunque están en proceso de adhesión. Aunque China forma parte de la Convemar desde 1996, sus barcos pesqueros violan constantemente la convención, al pescar en el espacio colindante a la zona económica exclusiva ecuatoriana por la alta concentración de especies marinas y un giro de la corriente de Humboldt al oeste, con muchos ecosistemas.

Es un paso obligado de tiburones, delfines, tortugas y ballenas, que son capturados fácilmente. Pero, la pesca ilegal no es el único problema: en esas aguas hay narcotráfico, terrorismo y piratería. Según la Convemar, en la zona económica exclusiva las flotas pueden navegar pacíficamente (en el tratado existe un acápite, el “derecho de paso inocente”). En teoría, si esos barcos no navegan inocentemente, el país ribereño podría detener las naves.

La Zona Económica Exclusiva “es un nuevo espacio marítimo de carácter económico, como su nombre lo indica”, según la Convemar. “Es un área situada más allá del mar territorial y adyacente. Los derechos y la jurisdicción del Estado ribereño y de otros Estados se rigen por esta Convención”. Otros estados sí tienen derechos y libertades en esa zona. No existe soberanía territorial marítima por parte del Estado ribereño. La Marina y la Cancillería ecuatoriana realizan un estudio para ampliar la plataforma continental en 350 millas marinas en la cordillera de Carnegie. Si no sucede hasta 2022, se pierde el derecho de explotación.

¿Qué es la Convemar?

La Convención de la ONU sobre Derecho del Mar (Convemar) es uno de los tratados internacionales más complejos. Cubre todos los aspectos de la utilización de aguas y superficies de mares y océanos. Por sus disposiciones relativas a la soberanía nacional, la entrada en vigor del instrumento suscitó un interés particular en algunas regiones del planeta, y se produjeron diferendos entre estados vecinos. Turquía y Grecia estuvieron al borde la una guerra por una delimitación de sus aguas en el Mar Egeo en 1994.

Vietnam aprovechó la entrada en vigor del tratado para legitimar su soberanía, cuestionada por Beijíng, en una zona del mar meridional de China, en la disputa por los archipiélagos de las Spratleys y las Paracels. Hubo diferencias entre Ecuador y Perú, cuando el país sureño intentó validar una inexistente tesis de la bisectriz (desechada desde la I Convención del Mar de Ginebra de 1958).

La Convemar es el único instrumento integral de alcance universal. Tiene 168 estados que lo han ratificado, 320 artículos, 9 anexos, 2 acuerdos implementatorios (fondos marinos, poblaciones de peces trans zonales y altamente migratorios). Recoge normas del derecho internacional consuetudinario (la costumbre) y disposiciones nuevas (reglas sobre la extensión de la plataforma continental) y creó instituciones propias como la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (en Nueva York), el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (en Hamburgo) y la Autoridad de los Fondos Marinos (en Kingston, Jamaica).

La Convemar regula casi todos los aspectos relacionados con los mares, como la delimitación, el régimen jurídico de espacios marinos, la explotación de los recursos, la navegación, la preservación del medio marino y su investigación científica. Lo hace mediante un “approach -acercamiento- zonal” (que divide el mar en zonas, en donde establece derechos y obligaciones). La posición ecuatoriana fue que, a pesar de descartar la tesis de las 200 millas, se logró que se reconozca la soberanía del estado ribereño sobre los recursos marítimos en ese mismo espacio.

Desde tiempos inmemoriales, el uso –e incluso abuso- del mar fue privilegio de las potencias marítimas y comerciales, que lo convirtieron en otro de sus espacios de conquista. Lo hicieron los fenicios, los griegos, los persas, los egipcios y, sobre todo, los romanos, quienes incluso bautizaron al Mar Mediterráneo -el único conocido entonces- como “Mare Nostrum” (mar nuestro, de ellos).

La importancia del mar en la historia de la humanidad se caracteriza por ser un espacio de transporte marítimo y nexo de unión de países. Más del 90% de carga mundial se transporta por mar. Es fuente de riquezas y de recursos (el 10% de proteínas mundiales llegan a través de la pesca). El fondo marino es rico en hidrocarburos y minerales, nódulos polimetálicos (magnesio, níquel, cobre o aluminio, lo que llevó a comerciantes y potencias marítimas a adueñarse del mar.

El mar ha sido un eje y pilar estratégico, lo que se hizo mucho más evidente a partir del surgimiento de las potencias marítimas al final de la Alta Edad Media y el Renacimiento -entre 1450 y 1600-, en tiempos del mercantilismo -todo por y para el comercio-.

Las denominadas Ciudades-Estado se disputaban la hegemonía de ese espacio y el mar dejó de ser de los poderosos señores feudales y pasó a serlo de los comerciantes. Entonces surgió con fuerza la teoría de los derechos sobre las aguas adyacentes, realizándose cálculos basados en mediciones factibles, como la distancia de las balas de cañón, para defensa militar.

Siendo vital el mar, para transporte, defensa y comercio, también sirvió para imponer voluntades. Grecia y Roma consolidaron así su presencia. En Roma hubo una disputa entre juristas: Caio y Celsius, con tesis diferentes. Caio hablaba del Rex Nullius y Celsius del Rex Comunis.

El Rex Nullius decía que el mar no es de nadie, sino del que impone su fuerza. El Rex Comunis señalaba que el mar era de todos. Cuando Roma derrotó en batalla naval a la Flota de Cartago y consolidó su imperio, hizo suya la tesis de Caio, proclamando el “Mare Nostrum” (Mediterráneo).

Inglaterra fue la potencia marítima que más entendió la necesidad del uso del mar, al estar ubicada en islas y entender la necesidad de comerciar por mar y aún más, tras el descubrimiento de América. Por eso tuvo flotas navales importantes.

Con la conquista de América, España desarrolló una fuerza naval y marina mercante. Los viajes de navegación desde y hacia el Nuevo Mundo duraban dos o tres meses con carga importante de recursos que requería buques mercantes y de guerra como soporte y sustento. España configuró, entonces, una fuerza naval importante (la “Armada Invencible”) que la enfrentó con los ingleses. Desde entonces, las potencias navales rivalizaron por el dominio de los mares.

En 1930, la Sociedad de Naciones convocó una Conferencia Internacional con tres temas: uno ligado con el derecho del Mar, otro con los derechos de los extranjeros y las denominadas Aguas Interiores. Las potencias vieron una oportunidad para hacer prevalecer la regla de las 3 millas (el ancho del lápiz en un mapa).

A dicha conferencia acudieron 48 estados. Una subcomisión buscó un acuerdo en la anchura que satisfaga a todos. Las potencias querían las 3 millas, otros dijeron 4 millas y el resto se mostraron partidarios de las 6 millas. No votaron, pues quien dirigía las sesiones acertó al ver que el tema no estaba maduro. Pero el mar territorial fue reconocido como parte del territorio de un Estado. La limitación era el “paso inocente” (tránsito de cualquier embarcación de cualquier Estado sin autorización del estado ribereño).

En 1945, el presidente de EE.UU., Harry S. Truman, emitió dos proclamas para la Plataforma Continental y para la Pesca que dieron origen al llamado Nuevo Derecho del Mar. Así, EE.UU. se atribuyó soberanía en la plataforma continental y jurisdicción en pesquería sobre áreas marítimas que antes se consideraban de alta mar y fondo marino libre del mar territorial.

Con estos antecedentes, en 1958 se convocó la I Convención de la ONU sobre Derecho del Mar, en Ginebra. Se aprobó cuatro convenciones: Mar Territorial y Zona Contigua, Alta Mar, Pesca y Conservación de Recursos Pesqueros y Plataforma Continental. Sin acuerdo sobre la anchura (eran necesarios 2/3 de los votos para aprobar los artículos). Se plantearon tesis de 3 millas, de 4, de 6 y finalmente de 12 millas, quedando un vacío nunca perfeccionado. En 1960 se convocó en Ginebra a la II Conferencia del Mar, que tampoco llegó a un acuerdo sobre la anchura.

La Convención de Jamaica

La ONU convocó a los países en 1972 para los trabajos en la III Convención del Mar. El trabajo de los delegados impuso dividirla en varios capítulos: mar territorial, zona contigua, estados archipielágicos, zona económica exclusiva, plataforma continental, alta mar, régimen de islas, la zona, etc.

En el caso del mar territorial y la zona contigua, la soberanía del estado ribereño va más allá de su territorio y sus aguas interiores, y en el caso del estado archipielágico, a la franja de mar adyacente denominada mar territorial (como en 1958). Se dijo entonces que el Mar Territorial no es parte del territorio, sino que la soberanía se extiende más allá del mismo.

Otro elemento para destacar fueron las aguas archipielágicas como un nuevo espacio (Parte IV), a los que se les permite configurar una poligonal con líneas de base rectas que se traza desde los puntos salientes de las islas extremas. ¿Por qué no aguas interiores? La Convención dio para estas aguas características diferentes y un régimen jurídico diferente, creando el nuevo espacio. Sin embargo, no se mencionó aún la anchura de mar territorial.

Todo estado tenía el derecho de establecer la anchura del mar territorial a un límite de 12 millas. Por primera vez, en 1982, los estados acordaron una anchura definida a partir de la vigencia de la Convención de Jamaica. Fue el primer conflicto con la legislación ecuatoriana, porque el Código Civil determina un mar territorial de 200 millas y la convención de Jamaica señalaba uno de 12 millas.

La Zona Económica Exclusiva fue reivindicada por los países africanos en el Seminario de Yaundé (Camerún) apenas en 1972, poco antes de la III Convención, pero alcanzó tal fuerza esa posición que en los primeros meses de la Convención se enterró la tesis de las 200 millas, luego cayó el Mar Patrimonial y el esfuerzo de los 174 países de la III Convención del Mar se centró en aceptar la Zona Económica Exclusiva para definir los derechos del estado ribereño y los otros, que fue la parte complicada.

Al inicio los países desarrollados quisieron otorgar algún privilegio a los ribereños, pero éstos fueron enfáticos en la plena soberanía, total y única en explotación de recursos naturales. La transacción fue el Art. 45: La Zona Económica Exclusiva que está más allá del mar territorial y adyacente a éste, sujeta al régimen jurídico específico de esta parte que, de acuerdo con el artículo, sujeta los derechos y deberes del estado ribereño a las disposiciones de la Convención.

¿Cuál debió ser la posición ecuatoriana?

El país nunca debió adherirse a la Convemar. Las tesis territorialistas siguen manteniendo un mar territorial de 200 millas. Sin embargo, sectores diplomáticos, políticos económicos y militares señalan que el país ganó con la adhesión a la Convemar.

El Ecuador, desde su adhesión a la Convemar, se comprometió a realizar estudios geológicos, oceanográficos, geofísicos e hidrográficos para la extensión de la plataforma continental. La fecha para entregar los estudios vence en 2022 y luego de la presentación final ante la comisión de límites de la convención en 2026, debe esperar la aprobación de la jurisdicción para extender esos límites. Si no lo hace, puede perder también esos derechos.

El país ya resignó derechos soberanos sobre las 200 millas (solo los mantiene en las 12 millas). En la zona económica exclusiva solo existen derechos de exploración, explotación y conservación de recursos pesqueros y marinos. Mientras tanto, las potencias siguen usando su tecnología para explorar ese espacio, así como la Plataforma Continental, sobre la que el país solo puede vigilar, pero no castigar a quien saque provecho de esa zona.

Ecuador tampoco ha conciliado su legislación interna (especialmente la Constitución y el Código Civil) con la Convemar y muchos de los ajustes que debieron hacerse para que sea parte del tratado menoscabaron muchas de las legítimas aspiraciones del país. Que el presidente apruebe el “Proyecto de Ley Reformatoria del Código Civil en materia de Regulación Marítima en Concordancia con la Convemar” significaría la pérdida definitiva de una reivindicación histórica del país, que es la tesis de las 200 millas.

Hoja de Vida Dr. Ugo Patrizio Stornaiolo Pimentel,

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Discussion2 comentarios

  1. Fabian Secaira Durango

    De acuerdo, Lasso debe vetar este proyecto y la Corte.Constitucional declararla incondtitucional. Ademas.debemos exigir los estudios e informes para explotar la Plataforma Submarina, en donde se dice existen grandes depositos de litio usado para fabricar pilas de autos electricos, etc.

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